Fomento establece los servicios mínimos para las nuevas convocatorias de huelga de pilotos de Iberia para los próximos días 25, 27 y 30 de enero.
- Todos los servicios cuya hora de salida programada fuera anterior al inicio de la huelga y cuya llegada prevista se produzca en el periodo de huelga. Asimismo, se protegen todos los servicios cuya salida programada se produzca en el periodo de huelga y su llegada se produzca finalizado el periodo de la misma.
- Todos los servicios aéreos entre los aeropuertos peninsulares con Canarias, Baleares y entre estos territorios no peninsulares.
- El 50%, redondeado por exceso, de los servicios entre ciudades españolas peninsulares cuyo medio alternativo de transporte público signifique un recorrido de 500 km. o más, o un tiempo superior a 5 horas.
- El 25%, redondeado por exceso, de los servicios entre ciudades españolas peninsulares cuyo medio alternativo de transporte público signifique un recorrido de menos de 500 km., o un tiempo inferior a 5 horas.
- El 50%, redondeado por exceso de los servicios entre ciudades españolas y extranjeras cuyo tiempo de viaje aéreo sea de menos de 6 horas de duración.
- En rutas entre ciudades españolas y extranjeras cuyo tiempo de viaje aéreo sea de más de 6 horas de duración, se mantendrá un servicio diario de ida y vuelta.
- En su caso, vuelos programados para el transporte de correo y productos perecederos, cuando éstos se efectúen con aeronaves dedicadas exclusivamente de carga.
- Aquellas operaciones técnicas de posicionamiento y otras tales como la situación de tripulaciones necesarias para la realización efectiva de los servicios de transporte aéreo considerados como esenciales, y todos los del día siguiente.
Fuente: Ministerio de Fomento.