La nueva orden 410/2020 publicada por el Gobierno en el BOE este viernes establece que hasta el final del estado de alarma, las llegadas de vuelos internacionales solo pueden realizarse a través de 5 aeropuertos españoles: Adolfo Suárez Madrid-Barajas, Josep Tarradellas Barcelona-El Prat, Gran Canaria, Málaga-Costa del Sol y Palma de Mallorca. Se establece así «la finalidad de garantizar que en el proceso de desescalada y de flexibilización de las limitaciones de la libre circulación se minimizan los riesgos de importación de casos que puedan poner en riesgo el proceso iniciado», con el objetivo «primordial de proteger la salud», siempre bajo las actuales limitaciones en los desplazamientos y cuarentena recién establecida.
Los aeropuertos han sido designados por su capacidad de atención de emergencias en los vuelos procedentes de fuera del territorio nacional, y pudiendo modificarse el listado previo acuerdo con las comunidades autónomas, por lo que Alicante ya ha solicitado la adhesión de su aeropuerto, al igual que Canarias lo ha hecho con el aeropuerto de Tenerife-Sur, ambos a partir del 24 de mayo.
Quedan exentas de esta limitación las aeronaves del Estado, las que transporten material sanitario o las que efectúen escalas con finalidades comerciales, así como algún vuelo puntual para transportar ciudadanos españoles o residentes del Estado.
El plazo establecido para esta medida podrá ser prorrogado si así se considera oportuno.