La sentencia del Tribunal Supremo desestimó el pasado 12 de junio, un recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Castelldefels sobre el impacto acústico del Aeropuerto de Barcelona.
Este recurso presentado el 16 de junio de 2008, tenía por objeto anular la sentencia judicial contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), por la que se desestimaba la impugnación del acuerdo, de fecha 11 de diciembre de 2003, de la Comisión de Seguimiento ambiental de las obras de ampliación del Aeropuerto, y por el que se aprobaron las “huellas de ruido” correspondientes a la configuración preferente de la operativa del aeropuerto de Barcelona.
Esta sentencia del Tribunal Supremo no es susceptible de posteriores recursos, y ratifica la dictada en su día por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya haciendo patente la corrección técnica del acuerdo, que en todo momento se ajusta a la legalidad vigente.