El Consejo de Ministros aprobó ayer suprimir la limitación de acceso a las terminales de los aeropuertos nacionales. Esta medida entrará en vigor el día 15 de octubre.
Esta decisión viene recomendada por las ministras de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y de Sanidad y persigue el objetivo de contribuir a la recuperación de la actividad económica y la paulatina vuelta a la normalidad. En otros países europeos ya se permite que los acompañantes de los pasajeros accedan a las terminales aeroportuarias.
Una vez dentro de las instalaciones, pasajeros y acompañantes deberán mantener las medidas sanitarias establecidas desde el inicio de la pandemia: uso de mascarilla obligatoria, distancia de seguridad, uso de desinfectante, etc.
Las autoridades aeroportuarias podrían limitar de nuevo la entrada a las instalaciones si se prevén momentos de gran afluencia para evitar aglomeraciones.
La decisión adoptada hoy por el Consejo de Ministros, será publicada este próximo jueves en el BOE y entrará en vigor al día siguiente, viernes 15 de octubre. Esta nueva norma modifica el Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto de la COVID-19 en los ámbitos de transportes y vivienda, que sólo permitía el acceso al aeropuerto a los pasajeros provistos de un billete o tarjeta de embarque válidos, en las 6 horas anteriores a la salida prevista del vuelo, así como a los acompañantes estrictamente necesarios de menores, personas con movilidad reducida u otra causa debidamente justificada.