A raíz del reciente incendio acaecido en la terminal del aeropuerto de Alicante y que ha causado el cierre durante varias horas de sus instalaciones, muchos pasajeros han visto afectados sus vuelos.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha querido informar a estos pasajeros que la compañía aérea está obligada a facilitar a todos los pasajeros un impreso con sus derechos y a facilitar su cumplimiento.
En las circunstancias particulares extraordinarias del incendio en el aeropuerto de Alicante no hay derecho a compensación económica por la cancelación de un vuelo, aunque sí tienen derecho a asistencia y al reembolso o transporte alternativo hasta su destino final.
En el caso del desvío de vuelos, como ha sido el caso de los vuelos desviados al aeropuerto de Murcia o al de Valencia, la aerolínea debe proporcionar al pasajero su traslado hasta el destino final.
En el caso de grandes retrasos -de 2 horas o más-, el pasajero tiene derecho a atención, en otras palabras, la compañía aérea debe proporcionar la asistencia necesaria: comida y bebida suficiente, dos llamadas telefónicas o acceso al correo electrónico y, si fuese necesario, a una o más noches de alojamiento así como al transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento. Si el retraso en la salida del vuelo es de 5 horas o más, el pasajero tiene derecho a recibir el reembolso del billete si ya no quisiera viajar.
Esta atención tiene que pagarla directamente la compañía aérea, no puede pedirle al pasajero que la abone él y luego la reclame a la compañía para reembolso de los gastos. En caso de que la compañía no se la proporcione, conserve los tickets para reclamarlos posteriormente.
En caso de vuelos cancelados, el pasajero tiene derecho a elegir entre el reembolso del billete o que la compañía le proporcione un transporte alternativo hasta su destino final lo más rápidamente posible o en un momento posterior que le convenga al pasajero. El transporte alternativo puede incluir tramos en otro modo de transporte diferente al aéreo.
Si el pasajero opta por el transporte más rápido posible, la compañía debe buscar opciones en todos los medios, además de los vuelos propios y optar por otros medios de transporte si el aeropuerto está cerrado y las distancias a cubrir lo permiten.
El transporte alternativo se debe efectuar hasta el destino final y es responsabilidad de la compañía abonar el mismo, por lo que ésta no puede pedir al pasajero que adelante el coste de dicho transporte. En caso de que la compañía no lo proporcione, debe conservar el ticket de compra del nuevo transporte para reclamárselo a la misma.
Obtenga más información en Derechos de los pasajeros.