Un juzgado de Madrid ha dictado sentencia en el juicio que la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios) demandó a IBERIA por la asistencia no facilitada a miles de pasajeros, tras el cierre del aeropuerto de Madrid-Barajas a causa de una fuerte nevada.
La sentencia, dictada el 14 de junio y que puede ser recurrida, reconoce el derecho a la devolución del coste íntegro de los billetes no utilizados, así como a todas las cantidades sufragadas por los pasajeros -y debidamente probadas documentalmente- ante el incumplimiento de Iberia en su deber de asistencia e información (hoteles, desplazamientos, comidas…).
Aunque el hecho es considerado como extraordinario e imprevisible, OCU defendió ante el Tribunal que la compañía Iberia no atendió debidamente a los pasajeros afectados, como exige la normativa europea (Reglamento 261/2004), ofreciéndoles alojamiento en un hotel las noches necesarias, manutención (comida y refrescos suficientes), así como la posibilidad de comunicarse con sus familiares (con acceso a teléfono, acceso al correo electrónico…).
Fuente: http://www.ocu.org/consumo-familia/viajes-vacaciones/nota-prensa/iberia-indemnizacion-nevada