A causa de las jornadas de huelga de los pilotos de Iberia los días 18 y 29 de diciembre, el Ministerio de Fomento ha dictado una resolución que dicta que los servicios esenciales serán los siguientes:
- Aquellos vuelos cuya hora de salida programada fuera anterior al inicio de la huelga y cuya llegada prevista se produzca en el periodo de huelga. Asimismo se protegen todos los servicios cuya salida programada se produzca en el periodo de huelga y su llegada se produzca finalizado el periodo de la misma.
- Todos los servicios aéreos entre los aeropuertos peninsulares con Canarias, Baleares y entre estos territorios no peninsulares.
- En rutas entre ciudades españolas y extranjeras cuyo tiempo de viaje aéreo sea de más de seis horas de duración, se mantendrá un servicio diario de ida y vuelta.
- El 50% redondeado por exceso de los servicios entre ciudades españolas peninsulares cuyo medio alternativo de transporte público signifique un recorrido de 500 kms o más, o un tiempo superior a 5 horas.
- Un 25%, redondeado por exceso, de los servicios entre ciudades españolas peninsulares cuyo medio alternativo de transporte público signifique un recorrido de menos de 500 kms, o un tiempo inferior a 5 horas.
- El 50% redondeado por exceso de los servicios entre ciudades españolas y extranjeras cuyo tiempo de viaje aéreo sea de menos de seis horas de duración.
- En su caso, vuelos programados para el transporte de correo y productos perecederos, cuando éstos se efectúen con aeronaves dedicadas exclusivamente de carga.